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Política

Senado propone ampliar suspensión de oficio en amparo para ejidatarios

La iniciativa busca reformar el artículo 126 de la Ley de Amparo para que la protección judicial alcance también derechos individuales de campesinos y comuneros.

Redacción Nodo PúblicoMesa central
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Composición gráfica de Nodo Público para una nota de política
Ilustración: Nodo Público · Documento: Senado

La senadora Anabell Ávalos Zempoalteca, del PRI, presentó una iniciativa ante el Senado de la República para reformar el artículo 126 de la Ley de Amparo. El objetivo es que ejidatarios, comuneros, avecindados y posesionarios puedan obtener la suspensión de oficio de actos de autoridad que busquen privarlos de sus tierras o derechos, sin importar si la afectación ocurre en el plano colectivo o en el individual.

De acuerdo con la legisladora, la norma vigente restringe la suspensión de oficio en el juicio de amparo a casos que involucren derechos colectivos. Esa limitación impide que un ejidatario o comunero que enfrenta un acto de despojo de manera individual obtenga la misma protección inmediata que recibiría si la afectación fuera de carácter grupal, lo que, a juicio de la senadora, genera una discriminación injustificada.

Alcance de la propuesta

La iniciativa plantea que la suspensión automática se extienda a los sujetos agrarios en lo individual: ejidatarios, comuneros, avecindados y posesionarios. Ávalos Zempoalteca argumentó que la protección al campo no debe fragmentarse entre derechos colectivos e individuales, y que estos grupos deben considerarse vulnerables para efectos de la tutela judicial.

El proyecto fue turnado a las Comisiones Unidas de Justicia y de Estudios Legislativos Segunda del Senado, donde quedará pendiente de dictamen. El documento no precisa plazos para su análisis ni anticipa el sentido de la resolución de dichas comisiones.

DocumentoDocumento oficial — SenadoNecesario dotar de mayor certeza jurídica a trabajadores del campo ante intentos de despojo de tierras

Nota elaborada con asistencia de inteligencia artificial a partir de un documento oficial de Senado, publicado el 19 de septiembre de 2026. El documento fuente está enlazado dentro del texto. Si detecta un error, escríbanos a correcciones@nodopublico.mx: corregimos de forma pública y con fecha.

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