SCJN aplaza resoluciones sobre constitucionalidad de la CURP Biométrica
El Pleno ordenó diferir el dictado de sentencias en amparos y contradicciones de criterio que involucren el marco normativo de la CURP Biométrica y la Plataforma Única de Identidad.
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El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación emitió el 14 de octubre de 2026 el Acuerdo General número 13/2026-AAG, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de octubre del mismo año. El acuerdo ordena aplazar el dictado de resoluciones en determinados juicios de amparo y contradicciones de criterio que tengan pendiente el análisis de constitucionalidad de disposiciones específicas de la Ley General de Población.
Los preceptos cuya constitucionalidad está en discusión son los artículos 91 párrafo segundo, 91 Bis, 91 Ter, 91 Quater, 91 Quinquies, 91 Sexies y 114 Bis de la Ley General de Población, en la versión reformada mediante decreto publicado el 16 de julio de 2025. El acuerdo extiende el aplazamiento a cualquier otro precepto que forme parte del sistema normativo vinculado a esas materias.
Alcance del aplazamiento
La medida abarca amparos directos y amparos en revisión del conocimiento de los Tribunales Colegiados de Circuito, así como contradicciones de criterio radicadas en los Plenos Regionales, siempre que en ellos subsista el análisis constitucional de las normas señaladas. El acuerdo no resuelve el fondo de los planteamientos; la resolución definitiva sobre la constitucionalidad de esas disposiciones queda pendiente.
Las normas en cuestión regulan la implementación y obligatoriedad de la CURP Biométrica, la Plataforma Única de Identidad, los mecanismos de consulta, transferencia o validación de ese documento, y el programa de integración al Registro Nacional de Población, conforme al decreto de reforma de julio de 2025. El documento oficial no precisa el plazo de duración del aplazamiento ni las condiciones para su levantamiento.
DocumentoDocumento oficial — DOFAcuerdo General número 13/2026-AAG, de catorce de octubre de dos mil veintiséis, del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por el que se dispone el aplazamiento del dictado de la resolucNota elaborada con asistencia de inteligencia artificial a partir de un documento oficial de DOF, publicado el 22 de octubre de 2026. El documento fuente está enlazado dentro del texto. Si detecta un error, escríbanos a correcciones@nodopublico.mx: corregimos de forma pública y con fecha.
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